El Comité de Competición de la RFEF (Real Federación Española de Futbol) ha acordado dejar sin efectos disciplinarios la expulsión de Vinicius, jugador del Real Madrid, durante el partido de la trigésima quinta jornada de LaLiga Santander.
El comité considera que “lo sucedido se enmarcaría en una permanente y total impunidad, durante la presente temporada, de acciones de agresión física y verbal, frente al jugador expulsado, todo ello ante la pasividad del colectivo arbitral”
Asimismo, entiende que “la actuación del árbitro del VAR no sería enmarcable en un “error humano”, pues la imagen que remitió al colegiado del encuentro para valorar la acción producida fue totalmente parcial, sesgada y determinante del error del colegiado en la valoración de los acaecido y, con ello, de la injusta expulsión del jugador, convirtiendo al agredido en agresor”.
Competición “invoca la irregularidad de la existencia de dos Actas sucesivas, en las que sola en la segunda se habría incluido una referencia a los insultos recibidos, previamente, por el jugador expulsado, de forma además manifiestamente insuficiente respecto a la realidad de lo sucedido. En particular, indica que el Acta sólo refleja que en el minuto 73 un espectador desde la grada sur se dirigió al jugador insultando, cuando en realidad se aporta numerosa cantidad de gente”.
Indica que se aportan a este efecto diversas pruebas videográficas en las que se acreditaría “que nada más llegar al estadio del Valencia, el jugador fue recibido con insultos por numerosos seguidores que entonaron el cántico “Vinicius eres un mono”.
Sanción al Valencia por actos racistas
El Comité de Competición de la RFEF también ha sancionado este martes al Valencia con el cierre de la Grada Kempes durante cinco partidos por los insultos al jugador del Real Madrid Vinicius durante el partido entre ambos equipos de la trigésima quinta jornada de LaLiga Santander.
Competición informa de que ha decidido “imponer al Valencia una sanción de clausura parcial del recinto deportivo por un período de cinco partidos y una sanción pecuniaria de 45 mil euros por la comisión de las infracciones muy graves tipificadas en los artículos 69.1.c), 69.2.d) y 76.1 del Código Disciplinario de la RFEF”.
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