El Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública informó que la Directora General de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, Ana Gabriela Guevara, junto con el órgano gubernamental que se encuentra bajo su gestión, están obligados a dar a conocer la lista de atletas y entrenadores que hayan recibido recursos de la Comisión y tengan adeudos o comprobaciones pendientes.
Norma Julieta del Río Venegas, comisionada del INAI, aseguró que la CONADE está obligada, por ley, a hacer públicos los recursos empleados con el fin de fortalecer el deporte de alto rendimiento en el país, a través de los convenios con las distintas federaciones deportivas.
La resolución del INAI derivó luego de que una persona solicitó a la CONADE, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, la lista de atletas y entrenadores que hayan recibido recursos de la Comisión, por lo que, ante dicha solicitud, el órgano deportivo está obligado por la ley a presentar dicha información.
Durante la sesión del Pleno del INAI, la comisionada Norma Del Río Venegas recordó que en los últimos meses la CONADE ha enfrentado una larga lista de críticas por parte de los atletas de alto rendimiento, quienes han acusado la falta de apoyos, pese a contar con buenos resultados en competiciones.
En ese sentido, la comisionada consideró que la transparencia en cuanto a la entrega de apoyos a los deportistas es un tema prioritario para esta gestión, pues además se encuentra dentro del marco del Programa Nacional de Cultura Física y Deporte 2019 – 2024.
En su respuesta, la CONADE afirmó que entregó la información en consulta directa y no en formato electrónico, como lo pidió la persona solicitante, debido a que el procesamiento de información sobrepasa sus capacidades técnicas.
Inconforme con la entrega de información en una modalidad distinta a la que se especificó, la persona solicitante presentó un recurso de revisión ante el Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
En el análisis, realizado por la ponencia a cargo de la Comisionada Del Río Venegas, se llegó a la conclusión de que no existe justificación que acredite la imposibilidad de entrega de la información a través del portal, por lo que el agravio de la persona recurrente resulta totalmente justificado.
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